viernes, 30 de septiembre de 2011

La Masacre de Las Dos Erres: una sentencia histórica

ACOGUATE ha acompañado a la Asociación de Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA) y familiares sobrevivientes de la masacre de Las Dos Erres durante el proceso legal. Observadores de ACOGUATE estuvieron presentes durante los procedimientos del juicio. ACOGUATE expresa su preocupación por las amenazas recibidas por los peritos arqueológicos forenses de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG) quienes participaron en el juicio, y por incidentes de vigilancia de la oficina de FAMDEGUA.

La Masacre de Las Dos Erres: una sentencia histórica

El pasado 2 de agosto el Tribunal Primero de Alto Riesgo dictó sentencia en contra de cuatro de los 17 acusados en el caso de la masacre de la comunidad las Dos Erres, departamento de El Petén, ocurrida el 7 de diciembre de 1982. Manuel Pop Sun, Reyes Collin Gualip y Daniel Martínez Mendez, ex-kaibiles, fueron sentenciados a 6,060 años de reclusión por haber participado en la masacre – 30 años por el asesinato de cada una de las 201 víctimas de la masacre más 30 años por crímenes en contra de deberes de humanidad – mientras que Carlos Antonio Carías López, teniente del destacamento militar en Las Cruces, Petén, fue condenado a 6 años más por hurto agravado. La corte reconoció que solo serían cumplidos 50 años de reclusión, pena máxima contemplada por el Código Penal en Guatemala, sin embargo subrayó la importancia de hacer un reconocimiento a la vida de cada una de las víctimas.

Patricia Bustamente García, jueza vocal del tribunal, encargada de leer la sentencia resaltó:

El daño ocasionado es de carácter irreparable, las vidas humanas que se perdieron en la masacre de las Dos Erres, rebasa todo nivel de entendimiento humano, resulta inexplicable la actitud de los tripulantes de la patrulla élite kaibil que en forma inhumana masacró a la población civil indefensa del parcelamiento de las Dos Erres, humildes campesinos dedicados a la agricultura. La extensión rebasa la muerte de 201 personas fallecidas porque enlutó a las poblaciones cercanas y la ejecución de sus pobladores hizo desaparecer del mapa esta área geográfica porque se eliminó a la totalidad de la población con la excepción de los niños que pudieron huir.1

Desarrollo del juicio

El fallo se basó en 9 peritajes, presentados por el Ministerio Público y la querellante adhesiva FAMDEGUA, asi como pruebas materiales y declaraciones de testigos. El principio del proceso se vio marcado por las declaraciones de dos ex-kaibiles, testigos protegidos, hablando en videoconferencia desde México. Detallaron la preparación de la operación, describieron los actos de brutalidad cometidos y confirmaron que los tres ex-kaibiles acusados participaron en la masacre.

Estos testimonios fueron completados por el relato claro y desgarrador de dos sobrevivientes que presenciaron la tortura, violación sexual y ejecución de sus familiares. Según un sobreviviente: “ví como fusilaron a las mujeres, se oía el sufrimiento, después todo quedó tranquilo”. Otros testigos contaron con voces quebradas la angustia que vivieron después de la masacre cuando pidieron información y ayuda al teniente Carías, y cuando varias días después regresaron a su comunidad solo para encontrar vacío y desolación.

La perita psicosocial Nieves Gómez Dupois, encargada de evaluar la salud mental de las víctimas y sus familiares, concluyó que la totalidad de las personas del estudio tenían su salud mental afectada por lo ocurrido. Explicó que el 60 por ciento de los integrantes de la comunidad no se ha podido recuperar o vencer las secuelas que dejó la masacre. A su vez destacó que la falta de justicia penal es un obstáculo para la recuperación psicológica y psicosocial.

De suma importancia para el proceso fue el peritaje militar, realizado por el señor Rodolfo Robles Espinosa, General de División del ejército de Perú, que, según la jueza, “permite establecer que los kaibiles actuaron y participaron de forma preplanificada, y que ninguno de sus integrantes se opuso, comprobándose que el jefe del destacamento de las Cruces tenía conocimiento del plan, el cual cumplió."2

El hecho que la sentencia reconozca la planificación de las masacres perpetradas durante el conflicto armado interno, podría tener implicaciones para otros procesos legales en casos de masacres. El fallo del tribunal refiere en particular al Plan Victoria 82 - mencionado en el peritaje militar - como prueba de la doctrina militar que originó masacres sistemáticas e indiscriminadas en todo el país3. Reconocer que las masacres perpetradas fueron parte fundamental de la política contrainsurgente del Estado guatemalteco durante el conflicto armado interno implica no solo a los autores materiales de los crímenes, sino también a los autores intelectuales; en su sentencia la corte dejó abierto el caso para la investigación de los autores intelectuales de la masacre.

Reacciones a la sentencia

Al final del juicio, la sala estalló en aplausos y gritos en celebración de este momento histórico tanto para los familiares de las víctimas de la masacre, como para la Asociación de Familiares de Detenidos-Desaparecidos de Guatemala, FAMDEGUA.

Aura Elena Farfán, Presidenta de FAMDEGUA, reflexionó que al escuchar la sentencia, “yo sentí una emoción muy grande, al mismo tiempo tristeza, porque inmediatamente me transporté en este momentito, cuando estaba haciendo la exhumación, porque del pozo sacaban las ropitas de los recién nacidos.”

Farfán también ofreció su opinión sobre el significado de la condena emitida por el Tribunal:

“Creo yo que nadie vaya aguantar o vivir seis mil años con treinta, pero que es simbólico, se merecen y no es porque nosotros estamos pidiendo venganza, sino se merezcan porque no tuvieron pasión de los niños, de las mujeres embarazadas, de los ancianos. Entonces aquellas personas pidieron clemencia, que no hicieron daño, sin embargo están recibiendo lo que merezcan.”4

Otras organizaciones nacionales también ofrecieron su apoyo a este fallo histórico. La Fundación Myrna Mack recordó que,

Han pasado casi 29 años, desde aquella matanza, y para los testigos, sobrevivientes y familiares de las víctimas ha sido difícil revivir el dolor y el terror padecidos. Si bien la sentencia causa cierta satisfacción y contribuye a recuperar la confianza en el sistema de justicia, no repara el daño provocado por la pérdida de los seres queridos.5

El Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH), querellante adhesivo en el caso por genocidio en contra del General retirado Héctor Mario López Fuentes, detenido en junio de 20116, celebró la decisión del tribunal:

La sentencia condenatoria recoge elementos fundamentales para la historia del país, entre ellos: que la masacre fue debidamente planificada como parte de la política contrainsurgente que se implementaba en aquella época y representó un castigo y advertencia a los pobladores por la supuesta colaboración con la guerilla quedando comprobado en el debate que la población de las Dos Erres se dedicaban a actividades agrícolas, no habiéndose encontrado armas en el lugar.7

Además, CALDH reconoció la importancia de sentencias en casos de crímenes del pasado para garantizar la no repetición: “Juzgar los hechos del pasado es fundamental para garantizar que NUNCA MÁS se vuelvan a repetir estos crímenes que lastiman la dignidad de la humanidad entera”.8

También estaban presentes en la sala de audiencia el día de la sentencia, los miembros de la Asociación para la Justicia y Reconciliación (AJR), querellante en el caso legal por genocidio.

La Convergencia por los Derechos Humanos en Guatemala, compuesta por varias organizaciones de derechos humanos9, celebró el:

...reconocimiento al valor y la dignidad de las víctimas, sobrevivientes y familiares, así como a las organizaciones que les han acompañado, en especial la Asociación Familiares de Detenidos Desaparecidos de Guatemala (FAMDEGUA), quienes han superado paciente y valerosamente, los obstáculos enfrentados en su camino por encontrar justicia por estos crímenes.10

Las reacciones a la sentencia muestran que la lucha no sólo es de los familiares y sobrevivientes de la masacre de las Dos Erres, pero su éxito en este proceso es un gran avance para todos los casos legales de crímenes del pasado. Siendo una de las masacres más grandes del conflicto armado interno en Guatemala, la sentencia condenatoria ha sido reconocida como un paso en contra de la impunidad. Este paso histórico también ha tenido eco en medios de comunicación a nivel mundial.

La sentencia también ha generado reacciones negativas. El 11 de agosto la Fundación de Antropología Forense de Guatemala (FAFG) denunció en una conferencia de prensa una agresión en contra de su director Fredy Peccerelli, y una carta amenazando de muerte a miembros de la fundación que hacía referencia a la sentencia en el caso de las Dos Erres.11 Durante el juicio José Samuel Suasnavar Bolaños y Leonel Estuardo Paiz Diez expusieron peritajes arqueológicos forenses de la FAFG; los dos son mencionados en la amenaza.

También FAMDEGUA ha estado en contacto con la policía en relación a varios incidentes de vigilancia de su oficina por hombres desconocidos durante los meses de junio a agosto de 2011, que podrían estar vinculados al caso.

Otros sindicados en el caso

En la actualidad, otros cuatro ex-kaibiles sindicados en este caso se encuentran detenidos. El pasado 12 de julio, Pedro Pimentel Ríos fue deportado de los Estados Unidos por carecer de documentos migratorios, y capturado a su llegada a Guatemala. El 29 de septiembre tuvo lugar una audiencia en la cual se declararon sin lugar los argumentos de la defensa de Ríos, declarando que el acusado puede ser juzgado por el crimen de asesinato y delitos en contra de deberes de humanidad en el caso de la masacre de las Dos Erres.

El ex-kaibil Pedro Pimentel Ríos queda ligado al proceso legal por la masacre de las Dos Erres. (Foto: Kevin Hayes)

El abogado de Pimentel Rios sustuvo que en ningún lugar de la acusación existían nombres específicos de las personas supuestamente matadas por su patrocinado, ni evidencia balística para incriminarlo. Sin embargo, la jueza Carol Patricia Flores se refirió a los testimonios oculares y los peritajes presentados en aquel juicio histórico para declarar que existía suficiente probabilidad que Pimentel Ríos estuviera directamente involucrado en la masacre.

El 1 de septiembre de 2011, un juez canadiense aprobó la extradición a Estados Unidos del ex-kaibil Jorge Vinicio Orantes Sosa, ciudadano de Estados Unidos y Canadá, además de tener nacionalidad guatemalteca. Igual que Gilberto Jordan, Sosa Orantes está acusado de haber mentido en su solicitud de nacionalidad estadounidense, al ocultar su participación en la masacre.

Según Aura Elena Farfán, la decisión de extraditar a Sosa Orantes hacia los Estados Unidos “sienta un mal precedente porque ellos están solicitando que sea castigado por la mentira, y no por lo que él hizo acá en Guatemala. Hay que tomar en cuenta la sangre de tantos guatemaltecos. Es una petición concreta de FAMDEGUA, y especialmente de los familiares sobrevivientes, donde nosotros queremos que se juzgue por los hechos y no por una mentira de soberanía.”12

En septiembre de 2010, el ex-kaibil Gilberto Jordan fue sentenciado a diez años de prisión en los Estados Unidos por no haber revelado su servicio en el Ejército de Guatemala y su participación en la matanza en su solicitud de ciudadanía. Santos López Alonso, que secuestró y adoptó un niño sobreviviente de la masacre, Ramiro Osorio Cristales, fue detenido en 2010 en los Estados Unidos por las autoridades de inmigración y espera la apertura de su proceso.

Los otros nueve acusados se encuentran prófugos de la justicia.

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1Sentencia en el caso de la masacre de las Dos Erres, presidida por la presidenta del tribunal, Jazmín Barrios. C-01076-2010-00003 OF.1o. Tribunal Primero de Sentencia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente. Guatemala, 2 agosto 2011.p. 260-261.

2Idem. p. 251

3Según la Comisión de Esclarecimiento Histórico (CEH), el Plan Victoria 82 demuestra que las acciones de los soldados del ejército guatemalteco fueron parte de una estrategia explícita que provenía del alto mando del ejército. La CEH subraya que, “los miembros del Ejército de Guatemala no actuaron independientemente cuando realizaron acciones militares contra la guerrilla o contra la población civil indefensa, sino cumplían órdenes previamente recibidas. Estas órdenes, verbales o escritas (como los planes de campaña), correspondieron en todos los casos a la implementación de una operación planificada con anterioridad y que perseguía alcanzar algunos de los objetivos estratégicos de la lucha contra insurgente.” Guatemala: Memoria del Silencio. CEH. Capítulo 2: Volumen 1: Artículo 170.

4Entrevista con Aura Elena Farfán, octubre de 2011.

5Fundación Myrna Mack. “Una manifestación más de la justicia, a pesar del tiempo...” Comunicado. 5 agosto 2011.

6NISGUA. General Héctor Lopez Fuentes acusado de genocidio. 21 junio 2011. http://nisgua.blogspot.com/2011/06/general-hector-lopez-fuentes-acusado-de.html

7CALDH. “Histórica condena por masacre de las Dos Erres.” Comunicado. 2 agosto 2011.

8CALDH. “Histórica condena por masacre de las Dos Erres.” Comunicado. 2 agosto 2011.

9Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH); Centro Internacional para Investigaciones en Derechos Humanos (CIIDH); Fundación Sobrevivientes; Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG); Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG); Seguridad en Democracia (SEDEM); Unidad de Protección a Defensoras y Defensores de Derechos Humanos Guatemala (UDEFEGUA)

10La Convergencia de los derechos humanos. “Saludamos el avance en la aplicación de justicia.” Comunicado. 3 agosto 2011.

11Fundación de Antropología Forense de Guatemala. “Amenaza y atentado a peritos de la Fundación de Antropología Forense de Guatemala por sentencia de casao de la masacre Dos Erres, Petén, ocurrida en 1982.” Comunicado, 11 de agosto de 2011. http://ow.ly/6ISHt; ver también Amnistia Internacional “Guatemala: Amenazas contra unos expertos que testificaron en un juicio.” Acción Urgente AMR 34/008/2011, 11 agosto 2011.http://www.amnesty.org/es/library/info/AMR34/008/2011

12Entrevista con Aura Elena Farfán, octubre de 2011.

2 comentarios:

jose luis regojo dijo...

Amnistía Internacional recuerda que la mayoría de víctimas aún espera "reconocimiento, reparación y justicia" y considera que el país "necesita mirar al futuro enfrentándose a su pasado". También aboga por la protección de los derechos humanos y la efectividad policial y judicial para acabar con la actual inseguridad y las mafias
http://joseluisregojo.blogspot.com.es/2011/01/guatemala-del-conflicto-armado-la.html

dicoprom dijo...

La Dirección de Comités Pro-Mejoramiento -DICOPROM ONG-, lucha arduamente desde hace 18 años por la paz y el desarrollo en las comunidades, y aunque despreciamos y condenamos las masacres y vejámenes que se sufrieron durante los 33 años de conflicto armado, no entendemos como este tipo de acciones caben dentro de los acuerdos de paz, ya que se había declarado una amnistía para evitar el pago de situaciones penales de parte de las partes, con el fin de sustentar la paz y la reconciliación. Ademas de ver que el fallo viola en gran medida la legislación guatemalteca, al no encontrarse sustentado con pruebas científicas que no dejen lugar a dudas con respecto a los culpables y que ademas violan el derecho primordial de la Presunción de Inocencia. El porque nos cuestionamos esto, porque este fallo habré a la jurisprudencia el poder demandar a cualquier miembro de las fuerzas armadas de la URNG en cualquiera de los casos que se les pueda ocurrir, ya que la amnistía fue violada y con ello los acuerdos de paz. Lic. Milton Giovanni Aquino Director General