jueves, 30 de junio de 2011

Fallo de la Corte de Constitucionalidad en caso laboral de SITRAPETEN

SITRAPETÉN es un sindicato de ex trabajadores de la Distribuidora del Petén, planta embotelladora de Agua Pura Salvavidas. Después de varios intentos de registrar su sindicato con el Ministerio de Trabajo, el sindicato se logró registrar en mayo de 2008, más de un año después de empezar el proceso de formalización. Sin embargo, cuatro días antes, la empresa se había declarado en quiebra ofreciendo contratos con la Distribuidora Primordial a los demás trabajadores pero no a los sindicalistas. Los miembros del sindicato han manifestado desde entonces, primero frente a las instalaciones de la empresa, y después frente al Palacio Nacional en la Ciudad de Guatemala. El Sexto Juzgado de Trabajo y Previsión Social ordenó la reinstalación de los miembros de SITRAPETEN en 2009. Los abogados de la empresa presentaron una apelación y la orden fue declarada sin lugar el 7 de julio de 2009. La lucha de los sindicalistas siguió, a pesar de un desalojo violento de su champa en el Parque Central en diciembre de 2009. El 12 de mayo de 2011, la Corte de Constitucionalidad, la máxima autoridad en Guatemala, dictó sentencia en su caso laboral, y declaró sin lugar la orden de reinstalación. ACOGUATE acompaña a SITRAPETEN desde mayo de 2008. 1


La situación sindical en Guatemala

Según un informe del Movimiento Sindical Indigena Campesino de Guatemala (MSICG), en mayo de 2011 el movimiento sindical representaba el 2% del total de la población económicamente activa. De esta tasa de sindicalización, “apenas el 12.48% de sindicatos se constituyen en la iniciativa privada.” Como explicación de esta baja tasa de sindicalización, el MSICG denuncia que, “en la práctica el Estado de Guatemala ha implementado, tolerado y fomentado una política antisindical que se mantiene vigente y se agudiza cada vez más y que es totalmente contradictoria con los derechos establecidos en el Convenio 87 de la OIT y con los principios relativos a la libertad sindical”.2 Después de la presentación de este informe, la Comisión de Aplicación de Normas de la 100ª Conferencia Internacional del Trabajo en junio de este año, estimó procedente incluir las conclusiones respecto al análisis del caso de Guatemala por violaciones a la libertad sindical, en un párrafo especial para ser citado en el informe General de la Conferencia.3

En abril de 2008 la Federación Americana del Trabajo – Congreso de Organizaciones Industriales (AFL-CIO, por sus siglas en inglés) y seis organizaciones sindicales nacionales denunciaron al Estado de Guatemala por violación del capítulo laboral del Tratado de Libre Comercio con Centroamérica y República Dominicana. El Departamento de Trabajo de los Estados Unidos ha reconocido la existencia de violaciones de derechos laborales y en septiembre de 2010 envió una delegación para dar seguimiento a la investigación de la denuncia.4 En marzo del presente año la secretaria de Estado de los EE.UU., Hillary Clinton, afirmó en el Senado que el Estado de Guatemala no había cumplido con satisfacción la protección de los derechos laborales de los trabajadores.5

Este mes, el Gobierno de Guatemala se comprometió con los Estados Unidos a presentar un proyecto de ley en el Legislativo para devolverle al Ministerio de Trabajo la autoridad sancionaria contra empleadores que no respeten normas laborales. El trato ha sido considerado por el sector empresarial como una violación a la Constitución. Según un abogado de la Comisión Laboral del Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF), “devolver la capacidad sancionaria a la Inspección General de Trabajo (IGT) no se puede hacer, porque la Constitución establece que el único que puede realizar función sancionaria es un juez de Trabajo.” La Unión Guatemalteca de Trabajadores se mostró en favor de que la IGT tenga autoridad sancionaria, pero indicó preocupación que sea por medio de un proyecto de ley que maneje el Congreso.6

La Unidad de Protección de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos (UDEFEGUA) en su informe sobre la situación sindical en Guatemala analiza que, lejos de traer beneficios para todos, la apertura económica que vino con los tratados de libre comercio entre los países de centro y sur América con Estados Unidos ha significado que la gran mayoría de la población “en términos generales han visto deteriorada su situación laboral y por ende económica, la cual ha venido de la mano de las estrategias encaminadas a la desregularización de las relaciones laborales implementadas tanto desde el sector empresarial y Estatal.”7 Además, en su informe del periodo de enero a abril del año en curso, UDEFEGUA ha registrado 8 agresiones en contra de sindicalistas.8 El MSICG ha registrado asesinatos de 47 sindicalistas entre 2007 y septiembre de 2010.9 A esto se suma el asesinato de Idar Joel Hernández Godoy, Secretario de Finanzas del Comité Ejecutivo Central del Sindicato de Trabjadores Bananeros de Izabal (SITRABI) hace apenas un mes, el 26 de mayo. También el directivo de base del dicho sindicato, Oscar Humberto Gonzáles Vázquez, fue asesinado el 10 de abril del presente año.10

La sentencia de la Corte de Constitucionalidad en el caso laboral de SITRAPETÉN, 12 de mayo de 2011

Según los abogados en el caso de SITRAPETÉN, un tema clave ha sido la sustitución patronal. Uno de los abogados recuerda que “cuando cerró la distribuidora del Petén, sus actividades comerciales continuaron normales, SIN todos los trabajadores afiliados y su directiva”11. Los abogados han argumentado que esto constituye un despido, dado que a los sindicalistas no se les ofrecieron contratos con la Distribuidora Primordial que sustituyó a la Distribuidora del Petén, y que “según la ley, si ha habido sustitución patronal, los derechos de los trabajadores no deberían verse afectados.”12

Según Edwin Álvarez, secretario general de SITRAPETÉN: “creímos de que la Corte de Constitucionalidad… nos iba a declarar con lugar el amparo porque existen dos actas del Ministerio de Trabajo donde en dos ocasiones, dos inspectores diferentes declaran que sí existe la sustitución patronal y el empresario dice que sí existe la sustitución patronal y que la empresa Distribuidora Primordial se va a hacer cargo de todos los contratos de todos los trabajadores de Distribuidora del Petén. La primera inspección fue el 26 de marzo (de 2008) y después en mayo se hizo otra y salió la misma conclusión.”13

El 6 de febrero y el 7 de mayo de 2009, el Juez Sexto de Trabajo y Previsión Social de la Primera Zona Económica reconoció que había sustitución patronal de la Distribuidora Petén y “declaró con lugar la reinstalación con sustento en la vigencia del conflicto colectivo citado y, porque no se contó con autorización judicial previa para poner fin a los contratos de trabajo, por lo que ordenó a la entidad patronal que sustituyó a la primera, a reinstalar a los trabajadores y a pagar los salarios dejados de percibir”.14

Sin embargo, se presentó un amparo ante la Corte Suprema de Justicia, Cámara de Amparo y Antejuicio el 7 de julio de 2009 y se declaró sin lugar la orden de reinstalación y todo lo demás ordenado en primera instancia considerando que “en el caso concreto no existió despido y al no haber despido, no es lógico ni legal que exista reinstalación”.15

El caso se apeló además ante la Corte de Constitucionalidad, el 12 de abril de 2011, dado que los representantes del sindicato SITRAPETEN consideraron que se había violado “sus derechos a la justicia y a la libertad sindical al revocar la reinstalación” y que “la terminación ilegal de los contratos de trabajo conlleva la exterminación de la organización sindical, ello porque el hecho de la aparente disolución de la sociedad para la que trabajaban, fue una mera forma de eludir la responsabilidad frente a una organización sindical constituida con fundamento legal”.16

La Corte de Constitucionalidad resolvió que no hubo despido de los sindicalistas, sino que la empresa se había cerrado y que “sin la figura del despido no se puede pretender reinstalación alguna, porque una es condicionante de la otra”.17

Sin embargo, la Corte también resolvió que los sindicalistas tienen derecho de “reclamar su indemnización y demás prestaciones laborales que resultaran procedentes, derivado del cese definitivo de operaciones de su ex empleador, efecto para el cual se entiende interrumpida la prescripción”.18 Según uno de los abogados de SITRAPETEN, esta resolución representa “un aspecto positivo... entre todo lo malo”.

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FOTO: ACOGUATE / Miembros de SITRAPETEN afuera de su champa en el Parque Central de la Ciudad de Guatemala, frente al Palacio Nacional.

1 Véase ACOGUATE, 4 de mayo de 2009, Un año de lucha de SITRAPETEN y la situación sindical en Guatemala, www.acoguate.blogspot.com/2009/05/un-ano-de-lucha-de-sitrapeten-y-la.html y ACOGUATE, 11 de diciembre de 2009, Sindicalistas de SITRAPETEN desalojados del parque central, www.acoguate.blogspot.com/2009/12/sindicalistas-de-sitrapeten-desalojados.html

2 Movimiento Sindical Indigena Campesina de Guatemala (mayo de 2011) Guatemala: El paradigma de la ausencia de libertad sindical, el fracaso sistémico y la falta de voluntad política, www.movimientosicg.org/index.php?option=com_k2&view=item&id=114:p%C3%A1rrafo-especial-para-guatemala-la-am%C3%A9rica-obrera-unida-por-la-libertad-sindical&Itemid=78

3 El párrafo especial es una medida que se aplica a los casos de extrema gravedad y en donde los gobiernos han mostrados, falta de avances, falta de voluntad y falta de colaboración con los órganos de control de la OIT. (www.movimientosicg.org/index.php?option=com_k2&view=item&id=114:p%C3%A1rrafo-especial-para-guatemala-la-am%C3%A9rica-obrera-unida-por-la-libertad-sindical&Itemid=78 Párrafo especial para Guatemala: La América obrera unida por la Libertad Sindical, 7 de junio de 2011)

4 Siglo 21, 23 de septiembre de 2010, EE.UU. resalta tres fallas para aplicar ley laboral, www.s21.com.gt/node/19802

5 El Periodico, 3 de marzo de 2011, EE.UU. evalúa demanda laboral contra Guatemala, www.elperiodico.com.gt/es/20110303/economia/191809/

6 Prensa Libre, 21 de junio de 2011, Ministerio podría multar por violaciones laborales, p3

7 UDEFEGUA, 2010, Nadie debe perder la vida o la libertad por el derecho sindical, p4 www.udefegua.org/index.php/investigaciones-speciales/60-01-2010

8 UDEFEGUA, abril 2011, Informe Bimensual: Prohibido Criminalizar, www.udefegua.org/index.php/informacion

9 MSICG, septiembre de 2010, Segundo Informe, Guatemala: El Costo de la Libertad Sindical, www.movimientosicg.org/index.php?option=com_phocadownload&view=category&id=2:informes&Itemid=94

10 Comunicado de la Confederación de Unidad Sindical de Guatemala (CUSG) y el Sindicatos de Trabjadores Bananeros de Izabal (SITRABI), 26 de mayo de 2011, Nuevamente de luto, www.albedrio.org/htm/otrosdocs/comunicados/cusg-001.htm

11 Entrevista con abogado de FESTRAS, 7 de junio de 2011

12 Ibid.

13 Entrevista con Edwin Álvarez, 28 de junio de 2011

14 Sentencia de Corte de Constitucionalidad, 12 de mayo de 2011, expediente no. 1551-2010

15 Ibid.

16 Ibid.

17 Ibid.

18 Ibid.

Dos entrevistas sobre sentencia en el caso de SITRAPETÉN


ENTREVISTA CON EDWIN ÁLVAREZ, SECRETARIO GENERAL SITRAPETÉN, 28 DE JUNIO DE 2011


Han sido tres años desde que salieron de la empresa: ¿Cómo les ha afectado este proceso?

Lamentablemente en el caso personal me ha afectado bastante. A pesar de que la mayoría de los guatemaltecos dicen que “no hay justicia en Guatemala” yo sí pensaba que tenía que haber justicia. Pero me doy cuenta con esta resolución que realmente no existe la justicia en Guatemala. Siempre la mayoría de los casos favorecen a los empresarios.

¿Cómo fue su reacción a la sentencia de la Corte de Constitucionalidad?

En el caso de nosotros creímos de que la Corte de Constitucionalidad, que es la máxima autoridad, nos iba a declarar con lugar el amparo porque existen dos actas del Ministerio de Trabajo donde en dos ocasiones, dos inspectores diferentes declaran que sí existe la sustitución patronal y el empresario dice que sí existe la sustitución patronal y que la empresa Distribuidora Primordial se va a hacer cargo de todos los contratos de todos los trabajadores de Distribuidora del Petén. La primera inspección fue el 26 de marzo (de 2008) y después en mayo se hizo otra y salió la misma conclusión. Ahora, existiendo estas dos actas, ¿qué caso tiene que la Corte de Constitucionalidad dice que simplemente la empresa cerró y que podemos cobrar nuestras prestaciones? No querían hablar nada, o sea, no hablaron nada de la substitución patronal, que era el argumento que nosotros habíamos planteado. Allí está claro de que en Guatemala no existe la ley sino que existe el favoritismo y pueda la impunidad por medio del dinero.

Además el caso se trata de trabajadores despedidos y la ley dice que la Corte tiene que dilatar máximo 24 horas para reinstalar a un trabajador despedido, pero en este caso llevamos 3 años.

También hubo problemas en la Corte de Constitucionalidad porque el amparo llevaba aproximadamente ocho meses y a pesar de que nosotros íbamos a ver cómo iba el caso nos decían siempre que estaba en espera. Pero ya habían dado la resolución y no querían notificar. Entonces cuando salieron ellos y entraron los nuevos magistrados, los nuevos magistrados ya notificaron. Dijeron “ellos hicieron la resolución y nosotros solamente notificamos”. Nos pareció que todos querían lavarse las manos.

¿Cómo ven las posibilidades de un nuevo proyecto de ley que devuelve al Ministerio de Trabajo la autoridad sancionaria contra empleadores que no respeten normas laborales?1

Lo que pasa es que nosotros ya tenemos un Código de Trabajo que supuestamente es el mejor de Centroamérica, pero no se cumple. Igual hay leyes que respaldan a los trabajadores y no se cumplen. Lo que a mí me gustaría sería que se cumpliera la ley. Aquí la ley es para el que tiene más plata.

Y ¿qué va a ser el futuro para los miembros de SITRAPETÉN?

Nosotros pensamos seguir luchando en diferentes cuestiones. Si no hay justicia en Guatemala pues vamos a ver cómo se logra la justicia, y que no se quede impune este caso. Porque realmente es una cuestión dolorosa hablar de que no hay justicia en nuestro país, pero lamentablemente así es.

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ENTREVISTA CON ABOGADOS DE LA FEDERACION SINDICAL DE TRABAJADORES DE LA ALIMENTACION, AGROINDUSTRIA Y SIMILARES DE GUATEMALA (FESTRAS), 7 DE JUNIO DE 2011

¿Nos pueden indicar a grandes rasgos las implicaciones de la resolución de la Corte de Constitucionalidad el 12 de mayo de este año en el caso laboral de SITRAPETEN?

ET: Lo que habíamos solicitado fue la reinstalación de los trabajadores de SITRAPETEN. Sin embargo eso se nos negó. Pero esa resolución contiene entre todo lo malo un aspecto positivo. Y es que la Corte de Constitucionalidad reconoce el derecho que ellos tienen a sus prestaciones de ley y su indemnización. Esto quiere decir que ellos pueden cobrar lo que se les debía.

La Corte de Constitucionalidad les robó el derecho a ser reinstalados. Les impide cobrar los salarios caídos y pone en riesgo las indemnizaciones que les correspondían por despido. La resolución no habla de despido. Dice que “se cerró la empresa”. Y ya como es la Corte de Constitucionalidad no podemos hacer nada. Ya no hay autoridad superior.

El sistema jurídico de Guatemala ha demostrado su incapacidad de proteger los derechos de los trabajadores. Permite que una empresa pueda hacer una maniobra como la que hicieron, que es cambiarle el nombre a la empresa, pasar a los trabajadores a la Distribuidora Primordial y desaparecer a SITRAPETEN. El Estado es responsable de permitir que se hiciera esto.

RS: Un tema central desde nuestra perspectiva, es que cuando cerró la compañía, cuando cerró la distribuidora del Petén, sus actividades comerciales continuaron normales, SIN todos los trabajadores afiliados y su directiva. Siguieron con otra distribuidora que se llama Distribuidora Primordial. Después, la Distribuidora Primordial recibió una inspección por parte de la Inspección General de Trabajo, en la cual el Ministerio de Trabajo constató que la Distribuidora Primordial había sustituido a la del Petén. Eso legalmente tiene una implicación básica en el tema de la protección de los derechos de los trabajadores porque según la ley, si ha habido sustitución patronal, los derechos de los trabajadores no deberían verse afectados. No debería haberse afectado el derecho de libertad sindical, el derecho de reinstalación, todo estos derechos debieron haberse garantizado. La Corte de Constitucionalidad no apreció esto. Y eso es una notoria injusticia y desprotección por parte del Estado. Prevaleció la cuestión mercantil.

Lo que hubo fue una maniobra para impedir el desarrollo del sindicato. La inscripción del sindicato se delató más de un año. Y cuando al fin se logró inscribir, la empresa cerró. Es patético.

¿Como ven Uds la situacion sindical en Guatemala?

ET: No queremos victimizarnos. Consideramos que tenemos un proceso de lucha. El sistema está en contra nuestra. Pero a veces encontramos la forma de manejarlo. En unos casos hemos logrado avanzar.

En los ultimos años hemos visto el desarrollo de sindicatos grandes. RENAP, por ejemplo, es un sindicato que tiene 1,200 trabajadores. Los sindicatos del Ministerio de Educación, cuando empezamos a trabajar con ellos tenían 4,000 afiliados, ahora tienen 60,000. Y se ha conseguido casí el 30 % de aumento de los sueldos para los maestros.

Por otro lado aquí en Guatemala se ha desarollado un movimiento sindical que tiene características mas bien del movimiento campesino o del movimiento sindical sin patrón, que tienen la figura de organizaciones de trabajadores independientes. Con 20 personas se puede hacer un sindicato. Este año se ha aprobado 250 de estos pequeños sindicatos. Pero el problema es que no pueden vivir de las cuotas de sus afiliados como los grandes. Normalmente dependen de una agencia financiera y se manejan como ONGs. Los que tienen éxito son los que mejor manejan el tema financiero. Pero lo que está sucediendo en Guatemala es que el país no recibe casi nada de las agencias financieras porque ahora ellas financian más proyectos en Asia y África. Entonces los pequeños sindicatos se quedan sin recursos.

Sí hay persecución, destrucción de organización, cooptación, matanza de dirigentes. Hay un proceso sistemático de destrucción de organización sindical al nivel de los municipios. Eso no se puede negar. Aquí en la capital es mas a través de cierre de empresas, a través de despido de empleados afiliados, pero se puede combatir.

Es una lucha constante y un trabajo muy dificil. Pero siempre hay nuevos sindicatos. Y además la participación de las mujeres es cada vez mayor. Es una lucha constante.

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FOTO: ACOGUATE / Champa de SITRAPETÉN, donde han manifestado frente al Palacio Nacional desde 2008

1 Prensa Libre, 21 de junio de 2011, Ministerio podría multar por violaciones laborales, p3

lunes, 27 de junio de 2011

Trabajando el tema de la violencia contra las mujeres en Guatemala

Del 24 al 27 de febrero se realizó en Chimaltenango el segundo Festival regional para la memoria “Yo soy voz de la memoria y cuerpo de la libertad” para mujeres sobrevivientes de violación sexual durante el conflicto interno (1960-1996). Desde 2009, ACOGUATE ha acompañado en actividades puntuales a la Colectiva Actoras de Cambio, organización coordinadora del festival y, por petición de la misma, acompañó y observó en la actividad. Además, ACOGUATE ha brindado acompañamiento en otros casos de violencia sexual, tales como el caso de doña Juana Méndez Rodríguez, en lo cual ACOGUATE acompañó al Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG), que llevaba el proceso legal en 2008 (ver el artículo de marzo de 2008). En 2010, ACOGUATE acompañó al Tribunal de Consciencia que se organizó con el fin de visibilizar el tema de la violencia sexual durante el conflicto interno a través de un juicio simbólico en contra del Estado guatemalteco.

Yo soy voz de la memoria y cuerpo de la libertad”: un festival para la memoria y la sanación


El primer festival para sobrevivientes de la violación sexual se llevó a cabo en noviembre del 2008 en la ciudad de Huehuetenango, bajo el lema “Sobreviví, estoy aquí y estoy viva”. Este año, en una actividad titulada “Yo soy voz de la memoria y cuerpo de la libertad”, la colectiva feminista Actoras de Cambio, fundada en 2004, siguió el proceso de recuperar la memoria. Entre 250 y 300 mujeres Mayas: Q’eqchi', Mam, Chuj, Kaqchikel y K’iche participaron en este segundo festival, además de mujeres mestizas y participantes de otros países. También asistieron jóvenes ganadores de un concurso de dibujo y cuento corto sobre el tema de la violación sexual durante la guerra, y mujeres representando organizaciones guatemaltecas defensoras de los derechos de la mujer. Además acudieron representantes de organizaciones feministas de sobrevivientes de la violencia sexual en otras partes del mundo, entre ellas Perú, Colombia, Ecuador, India y Serbia.

El programa incluyó diversas actividades explorando diferentes aspectos de los temas de la sanación y de la reapropiación del poder, tales como la presentación de testimonios, discusiones abiertas, mesas de reflexión, ceremonia maya, actividades artísticas y baile. Además de hacer que las víctimas no se sientan solas con el dolor, también se empoderaron -a través del proceso colectivo- para poder trabajar y ponerle fin a la violencia sexual.


Violencia contra las mujeres guatemaltecas en el pasado y el presente


Según la Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH), durante el conflicto armado interno, la violación sexual fue utilizada de manera sistemática y generalizada por el ejército1. Varias organizaciones sociales, citadas en el periódico La Hora, indican que en 85% de las masacres cometidas durante el conflicto armado interno en Guatemala, las mujeres que fallecieron fueron víctimas de violencia sexual”.2 Se dirigió contra mujeres mayas en 88.7% de los casos. Además, en los casos de violación sexual en los que se supo la edad de la víctima, se revela que en un tercio (35%) de los casos registrados por la CEH las víctimas eran niñas, con menos de 17 años de edad3.

En el contexto de la estrategia contrainsurgente, la violación sexual representaba un ataque, a través de los cuerpos de las mujeres mayas, a la identidad indígena en su reproducción cultural tanto como biológica.4 Además formaba parte de una estrategia contrainsurgente pensada para imponer el terror, humillar a las mujeres mayas y mestizas, dañar pública- y masivamente a su aspecto más íntimo, y así provocar una ruptura del tejido social en las comunidades. Según el informe del Proyecto Interdiocesano de Recuperación de la Memoria Histórica (REMHI), esta práctica fue también incluida en el entrenamiento militar del ejército.5 En los destacamentos militares, la violación sexual fue usada como una forma de lograr sometimiento6.

La violación sexual no sólo dejó lesiones físicas, pero también traumas psicológicos, además de sentimientos de miedo, vergüenza, culpa, rabia y tristeza en las mujeres. Viviendo en una sociedad en la cual, según investigadores, se valora “la virginidad, la castidad y la pertenencia a un solo hombre”, en muchos casos las mujeres violadas tenían que enfrentar el rechazo dentro de sus propias comunidades, e incluso dentro de sus propias familias7. Según la CEH, las violaciones sexuales causaron sufrimiento que todavía se vive, a menudo en silencio, por las sobrevivientes y también por sus familiares.

La violencia contra las mujeres en Guatemala no solo pertenece al pasado. Según el Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH):

Como ayer, existe un Estado complaciente con la violencia contra las mujeres, que permite que grupos en pugna por factores económicos, políticos o militares, utilicen los cuerpos de las mujeres como escarmiento social… Todo lo que pasa en Guatemala, quiérase o no, refiere al pasado, que no ha sido cerrado ni resuelto.”8

Desde 2001, la tasa de muertes violentas de mujeres sigue aumentando. Según la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), en 2010 hubo 847 muertes violentas de mujeres y más de 4300 casos de violencia sexual9. Además de un aumento en la cantidad de muertes, también se ha evidenciado más brutalidad en los asesinatos10. Estos asesinatos son diferentes a los de los hombres por varios factores:

- los cuerpos frecuentemente llevan signos de violación sexual11;

- se escucha una “culpabilización” de la víctima, es decir hacer responsable a la mujer de su propia asesinato, por no mantenerse en casa, por su forma de vestir, por tener tatuaje, por no conformar con las expectativas de la sociedad sobre el comportamiento de la mujer;

- el género de la victima limita el acceso a la justicia, como las autoridades no toman tanto en serio la gravedad de los crímenes y así señalan una permisividad social; y

- estos crímenes provocan más terror, inseguridad y vulnerabilidad entre las mujeres. 12

Hoy en día y a pesar de la aprobación por el Estado de Guatemala de la Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia Contra la Mujer (Decreto 22-2008) en mayo de 2008, en la mayoría de los casos de muertes violentas de mujeres los crímenes se quedan impunes. Prensa Libre, retomando un análisis del Grupo Guatemalteco de Mujeres (GGM), indica que “entre julio del 2008 y julio del 2009, cuando se aprobó e implementó la normativa, hubo más de 800 muertes, mientras el número de sentencias fue de apenas 83, muchas de ellas absolutorias”13. Con el crimen de violación sexual, una denuncia resulta en sentencia en aun menos casos.14 Para finales de 2010, según Sonia Escobedo, secretaria presidencial de la Mujer (Seprem), de más de 15 mil denuncias presentadas en casos de Femicidio y Violencia Contra la Mujer bajo la nueva ley se había dictado 216 sentencias, 146 de estas condenatorias.15


Algunos logros importantes en la búsqueda de la justicia y la reivindicación de los derechos de las mujeres

Ni olvido, ni silencio”, reclamaron las mujeres participantes en el Tribunal de Conciencia contra la Violencia Sexual hacia las Mujeres durante el Conflicto Armado en Guatemala, lo cual se desarrolló el 4 y 5 de marzo de 2010 en la Ciudad de Guatemala16. Los esfuerzos propios de las mujeres de nombrar, denunciar y combatir la violencia sexual han sido muy importantes en la lucha contra la impunidad para estos crímenes. Dentro de esta lucha, el Tribunal ofreció a las mujeres sobrevivientes un espacio alternativo en donde pudieron compartir sus experiencias y buscar una forma de justicia, y así rompiendo el silencio alrededor de la violencia sexual durante el conflicto armado interno. El Tribunal subrayó que la impunidad para los crímenes del pasado contribuya a la tolerancia que hay para la violencia sexual en el presente, tal como el feminicidio. Por esta razón, según el comunicado final del Tribunal, el Estado debe “poner fin a la impunidad, mediante acciones legales prontas y eficaces por los crímenes cometidos contra las mujeres y las niñas durante el conflicto armado interno y en la actualidad, por ser un componente esencial de las políticas de reparación y una exigencia del derecho internacional.”17

Una mujer que rompió el silencio y la impunidad alrededor de la violencia sexual es Juana Méndez Rodríguez. Méndez es una mujer maya del Quiché, quien en enero de 2005 fue detenida sin orden judicial ni investigación previa, y durante su detención fue vejada y torturada de manera sexual por personal de la Policia Nacional Civil bajo la influencia del alcohol18. El 16 de abril de 2008, tres años después de los hechos, se logró sentencia en el caso de Méndez, llevado por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG): El agente de la PNC, Antonio Rutilo Matías López fue sentenciado a 20 años en la cárcel, sentencia que fue reducida a 10 años después de una apelación presentada el 13 de agosto de 2008.19

Además de ser un reconocimiento en el organismo judicial de lo que sufrió Juana Méndez, este caso es de suma importancia porque representa un reconocimiento de la “historia de abuso policial y tortura sexual en las comisarías, la cual había sido ignorada por muchas autoridades”20. Por otra parte este caso traza un camino hacía la justicia para otras mujeres que han sido víctimas de violencia sexual.

Estos dos casos, tanto como actividades como el Festival para la memoria, muestran que, a pesar de existir muchos retos, las mujeres guatemaltecas van a seguir organizándose para denunciar los abusos y reivindicar sus derechos.

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FOTO: Albertina Cabrera / Festival "Yo soy voz de la memoria y cuerpo de la libertad", 24-7 febrero 2011

1 Comisión para el Esclarecimiento Histórico (CEH). Guatemala: Memoria del silencio, Vol. 3. Guatemala, 1999. p.13. http://shr.aaas.org/guatemala/ceh/mds/spanish/cap2/vol3/mujer.html

2 Flores, Ligia. «Desestiman las violaciones sexuales durante la guerra». La Hora. 24 de noviembre de 2008. www.lahora.com.gt/notas.php?key=40168&fch=2008-11-24. En el mismo artículo consta que “Pese a la falta de datos certeros, se sabe que se produjeron 626 masacres, cuyo saldo fue de, al menos, 200 mil víctimas directas, en donde la violencia sexual fue el patrón utilizado por el Ejército antes y durante los crímenes.

3 Ibid. p.23.

4 Sanford, Victoria. Guatemala: del genocidio al feminicidio. Guatemala: F&G Editores, 2008.

5 Oficina de Derechos Humanos del Arzobispado de Guatemala (ODHAG). Guatemala: Nunca Mas: Los mecanismos del horror. Vol. 2. Guatemala: ODHAG, 1998. p. 212.

6 Consorcio Actoras de Cambio / Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial (ECAP) y Unión Nacional de Mujeres Guatemaltecas (UNAMG). Tejidos que lleva el alma: Memoria de las mujeres mayas sobrevivientes de violación sexual durante el conflicto armado. Guatemala: F&G Editores, 2009. p.153. www.ecapguatemala.org/9789929800403.html.

7 Consorcio Actoras de Cambio / ECAP y UNAMG 2009. Op. Cit. p.182.

8 Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH). ¿Por qué matan a las mujeres en Guatemala?. Guatemala, noviembre de 2010.

9 Gereda, Marcela. “El cuerpo femenino y la cultura machista.El Periódico. 7 de Febrero de 2011. www.elperiodico.com.gt/es/20110207/opinion/190370.

10 Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH). Informe anual circunstanciado 2010: Situación de los derechos humanos en Guatemala. Guatemala, enero de 2011. p. 78. www.pdh.org.gt/index.php?option=com_phocadownload&view=category&id=8.

11 Según el Procurador de Derechos Humanos (PDH), “La diferencia es que a las mujeres se les hace sufrir más antes de la muerte." Feigenblatt, Hazel. “Violencia se ensaña con mujeres en Guatemala.” La Nación. 2 de abril de 2006. wvw.nacion.com/ln_ee/2006/abril/02/mundo0.html

12 Sanford, Victoria. Guatemala: del genocidio al feminicidio. Guatemala: F&G Editores, 2008.

13 Vasquez, Sandra. “Ley contra Femicidio no impide muerte de mujeres.” Prensa Libre. 16 de diciembre de 2010. www.prensalibre.com/noticias/Ley-contrarresta-muerte-mujeres_0_391160895.html.

14 CERIGUA. “Reportan alta tasa de impunidad en crímenes sexuales.CERIGUA. 7 de mayo de 2010. www.cerigua.org/archivo/index.php?option=com_content&task=view&id=20075&Itemid=1.

15 El Periódico, “Instituciones presentan cifras sobre violencia contra la mujer”, 16 de noviembre de 2010, www.elperiodico.com.gt/es/20101116/pais/182665/?tpl=54

16 El Tribunal fue apoyado por varias organizaciones, entre ellos el Equipo de Estudios Comunitarios y Acción Psicosocial (ECAP), La Coordinadora Nacional de Viudas de Guatemala (CONAVIGUA), Mujeres Transformando el Mundo (MTM), Asociación La Cuerda, y la Unión Nacional de Mujeres Guatemaltecas (UNAMG).

17 Tribunal de conciencia contra la violencia sexual hacia las mujeres durante el conflicto armado interno en Guatemala. Pronunciamiento final. Guatemala, 5 de marzo de 2010. http://unamg.org/v1/tribunal-de-conciencia/97-pronunciamiento-final-tribunal-de-conciencia-contra-la-violencia-sexual-hacia-las-mujeres-durante-el-conflicto-armado-interno-en-guatemala.

18 Gaviola Artigas, Edda. Informe de Sistematización: El Caso de Doña Juana Méndez Rodríguez Vrs. El Agente de la Policía Nacional Civil, Antonio Rutilio Matias Lopez. Guatemala, noviembre de 2008. p.30. www.bantaba.ehu.es/ext/Libro_Sistematizacion_ICCPG.indd-1.pdf.

19 Ibid. p.31.

20 Ibid. p.8.

viernes, 17 de junio de 2011

Comunicado de la AJR y CALDH: Primera captura por genocidio en Guatemala


PRIMERA CAPTURA POR
GENOCIDIO EN GUATEMALA

Hoy 17 de junio, a 29 años de haber iniciado la ejecución del Plan Victoria 82 elaborado por el Jefe del Estado Mayor del Ejército y el gobierno de facto de Efraín Ríos Montt, fue capturado en ciudad de Guatemala, el General Héctor Mario López Fuentes acusado del genocidio ocurrido contra el pueblo maya Ixil en los años 82 y 83.

Las víctimas y sobrevivientes del genocidio han tocado las puertas de la justicia desde hace más de 10 años y hoy el Sistema de Justicia tiene la oportunidad de juzgar un delito tan grave como lo es el genocidio, que lastima la dignidad de la humanidad. Este hecho nos llena de esperanza y anima a continuar luchando contra el olvido.

Manifestamos nuestra complacencia por esta captura y esperamos que las autoridades lo dejen ligado a proceso y pueda condenarse al primero, de muchos genocidas que se encuentran en libertad. Continuaremos caminando hacia el encuentro con la justicia, recuperando nuestra historia y diciendo la verdad.

Les invitamos a acompañarnos en este proceso histórico, no sólo en nuestro país sino en América Latina y el mundo, ya que demostramos que nuestro sistema de justicia Sí puede y tiene la capacidad y valentía de juzgar el delito de genocidio.

AUDIENCIA DE PRIMERA DECLARACIÓN DEL
GENERAL HECTOR MARIO LOPEZ FUENTES
ACUSADO DE GENOCIDIO


FECHA: LUNES 20 DE JUNIO 2011
HORA: 08:30 de la mañana
LUGAR: Torre de Tribunales (15 nivel)

¡Porque el genocidio no puede quedar impune!

Asociación para la Justicia y Reconciliación - AJR
Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos - CALDH

GENOCIDIO
CONDENARLO una actitud
JUZGARLO una necesidad