“El delito de desaparición forzada es un hecho cruel que no debe quedar impune”
Los imputados por la detención y desaparición forzada de Edgar Fernando García fueron absueltos de dos cargos, debido al tiempo de prescripción, a pesar de haber sido encontrados culpables: detención ilegal con agravantes específicas, por lo que el Ministerio Público (MP) pedía 3 años más 1, y abuso de autoridad, por lo que se solicitaba 3 años más. El MP pedía también una pena de 15 años de cárcel por el delito de plagio o secuestro, pero el tribunal no clasificó legalmente este como tal debido a que las pruebas documentales y testimoniales demostraron que el objetivo de su detención y desaparición fue para obtener información de su trabajo político, acorde con la doctrina de seguridad imperante en el país, y no por otro motivo.
El cargo de desaparición forzada sí fue aceptado por ser un delito permanente e imprescriptible, es decir el delito sigue cometiéndose mientras el detenido desaparecido no aparezca[2], el cual es el caso de Edgar Fernando García. La pena, según explicó el tribunal, debe ser proporcional con el delito por lo que dictó la pena máxima, 40 años de privación de la libertad, tomando en cuenta que: la víctima era estudiante, el móvil del delito fue político, la intensidad del daño causado a sus familiares y a la sociedad guatemalteca ha perdurado por más de 25 años, la desaparición forzada es un hecho cruel que no puede quedar impune y que la familia y la nación tienen derecho a la verdad.
Documentos del AHPN fueron clasificados como evidencia
El tribunal dio valor probatorio a todos los testimonios de los testigos, por la espontaneidad de estos y la congruencia entre sí. También dio valor probatorio a los informes de los peritos y a los documentos presentados del AHPN y del Diario Militar, así como a los recortes de prensa, programa de televisión acerca del Diario Militar y el audio con la declaración de Danilo Chinchilla, compañero de Fernando García con quien se encontrara en el momento de su detención, en el que contó que a Fernando García lo habían llevado agentes de la Brigada de Operaciones Especiales de la PN (BROE) en un vehículo.
Los peritos basaron sus informes principalmente en el análisis de 667 documentos del AHPN que por primera vez ha sido utilizado como evidencia en un proceso legal para esclarecer la responsabilidad en un caso de desaparición forzada. Para complementar y contrastar la información obtenida y que sirvió de evidencia se utilizó el desclasificado Diario Militar, documento en el que se puede leer por ejemplo que solamente entre los años 1983 y 1985 las Fuerzas de Seguridad del Estado llevaron a cabo 188 desapariciones.
De acuerdo a los diferentes peritajes y documentos, se estableció que el motivo de la desaparición forzada de Edgar Fernando García fue político ya que por sus actividades políticas (en el clandestino Partido Guatemalteco del Trabajo como miembro del Comité Central), estudiantiles y sindicales era considerado enemigo interno. El documento clave fue uno en el que el jefe más cercano de los dos agentes imputados proponía su condecoración, la cual motivaba con la operación en el lugar, día y hora en que Danilo Chinchilla declaró que habían detenido Edgar Fernando García. También están acusados en este caso dos agentes más (Alfonso Guillermo de León y Hugo Rolando Gómez Osorio) quienes actualmente se encuentran prófugos de la justicia.
Pruebas suficientes para una sentencia condenatoria
El tribunal estableció que, de acuerdo a los testigos y peritos, y de varios de los documentos del AHPN, Edgar Fernando García fue detenido por hombres vestidos de civil el 18 de febrero de 1984 cuando él se encontraba, junto con su compañero de partido Danilo Chinchilla, en la intersección de la 7ª calle y la 3ª avenida de la zona 11, cerca del Mercado denominado del Guarda. Ambos intentaron huir pero los agentes de la policía les dispararon hiriendo en una cadera a Danilo Chinchilla, que más tarde trasladaron al Hospital Roosvelt, mientras que a Edgar Fernando García lo llevaron detenido, según relató Danilo Chinchilla en una grabación hecha al haber sido rescatado de dicho hospital.
Nineth Montenegro, esposa de Edgar Fernando García, relató en su testimonio que ese día su esposo había salido muy temprano de la casa y que ella le negó las llaves de su vehículo, que él necesitaba para encontrar a su contacto, por temor a que le ocurriera algo. Esa misma noche llegaron a su casa hombres vestidos de civil, quienes le dijeron que no se preocupara, que ellos tenían a su esposo, que eran amigos de él y que regresaría ese martes. Nunca más volvió a verlo.
PN operaba en conjunto con Inteligencia y Ejército
Tanto el Ministerio Público (MP) como la Procuraduría de Derechos Humanos (PDH), entidad querellante, hizo hincapié en la responsabilidad del estado en la desaparición forzada de Edgar Fernando García, así como de la de miles de estudiantes y sindicalistas, principalmente entre los años 1978 y 1984. Específicamente entre el 10 de febrero y el 11 de marzo de 1984 se llevó a cabo en la Ciudad de Guatemala la denominada Operación Limpieza 84, una operación conjunta entre la PN, el servicio de inteligencia y el ejército de Guatemala, previa capacitación (30/1-8/2) debidamente documentada en los AHPN, y en la que consta la participación de los imputados como parte del IV Cuerpo de la entonces PN.
El debate público oral, que duró cinco días, despertó gran interés de organismos nacionales y extranjeros. Estuvieron presentes miembros del MP, la PDH, GAM (Grupo de Apoyo Mutuo) y FAMDEGUA, además de empleados del AHPN, representantes del cuerpo diplomático de Canadá, Suiza, Suecia y Estados Unidos, entre otros, y del personal de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU para Guatemala.
Sentencia es sólo un paso en la dignificación de las víctimas de desaparición forzada
Para Aura Elena Farfán, de FAMDEGUA, esta sentencia “es definitivamente un paso más en la búsqueda de justicia, pero sólo un paso a mitad del camino”, ya que considera que “aún no se ha llegado a los autores intelectuales ni se ha conseguido que los acusados declaren qué hicieron con los desaparecidos”, ya que “mientras no se sepa qué hicieron con ellos los familiares siguen esperando saber” y que “ayudaría que al menos dijeran dónde los dejaron o a quienes se los entregaron”.
En relación a la petición del MP al tribunal de abrir proceso en contra de los jefes de la policía y el ejército como responsables de esta y otras desapariciones, el tribunal no accedió a lo solicitado aclarando que es tarea del MP investigar y seguir el debido proceso.
A Mario Polanco, director del GAM, le parece que “esta sentencia es un hecho importantísimo en la lucha contra la impunidad y cuando la sentencia quede firme quedará sentado la jurisprudencia para los casos de desaparición forzada”. GAM se ha comprometido a llevar al tribunal 102 casos de desaparición forzada, los dos primeros procesos se iniciarán en los próximos meses.
[1] El AHPN fue descubierto por casualidad en julio del 2005 cuando a la PDH se le encargó inspeccionar un edificio en el complejo de la Policía Nacional Civil después de una explosión ocurrida en las inmediaciones. Este archivo consta de unos 80 millones de documentos, una gran cantidad datan del tiempo del conflicto armado, en los que están documentadas múltiples violaciones a los derechos humanos, pero la policía había negado anteriormente su existencia. Cuando se descubrió el contenido del archivo, despertó esperanzas en los familiares de desaparecidos de poder esclarecer lo que sucedió con sus familiares. Este juicio es el primero en el que parte de este archivo ha servido para evidenciar la responsabilidad de los dos policías ahora condenados por un delito de lesa humanidad.
Este archivo será una herramienta importante para trabajar contra la impunidad porque en él aparecen documentos que muestran entre otras cosas la estructura de Policía Nacional (PN) y su trabajo conjunto con el servicio de inteligencia y el Ejército de Guatemala en la lucha contrainsurgente que se llevó a cabo durante los años del conflicto armado interno y que significó la desaparición de unos 45 mil guatemaltecos. En él también aparecen nombres de quienes participaron en operativos específicos, quienes dieron las órdenes, a quienes se les hacía seguimiento, etc. como es el caso de la detención ilegal de Fernando García.
[2] En una resolución de la Corte de Constitucionalidad en julio de 2009 (www.caldh.org/desaparicionforzada.pdf), se reconoció la desaparición forzada como un crimen permanente e imprescriptible.
POR: ACOGUATE
FOTO: Edgar Fernando García, cortesía de GAM